El Registro Civil es la institución mediante la cual el Estado Colombiano da fe de los hechos y actos relativos al estado civil de las personas, desde su nacimiento hasta su muerte.
En la Notaría 40 contamos con facultades delegadas de la Registraduría Nacional para realizar la Inscripción y expedición de copias de los tres tipos de registro:
1. Registro Civil de Nacimiento (RCN): Prueba la existencia legal de la persona, su filiación y nacionalidad.
2. Registro Civil de Matrimonio (RCM): Prueba el vínculo conyugal (Matrimonio Católico, Religioso o Civil).
3. Registro Civil de Defunción (RCD): Acredita el fallecimiento y extinción de la personalidad jurídica.
– Certificado de Nacido Vivo: Expedido por el médico o hospital (original).
– Identificación de los Padres: Cédulas originales.
– Presencia del Menor: Si tiene más de un mes de nacido (para tomar huellas plantales).
– Testigos: Dos (2) testigos con cédula si el parto fue domiciliario o no hay certificado médico.
– Partida Eclesiástica: Autenticada por la Diócesis correspondiente.
– Certificado de Competencia: Del párroco o ministro religioso.
– Identificación: Cédulas de los contrayentes.
– Certificado Médico de Defunción (RUAF): Original.
– Identificación del Fallecido: Cédula de ciudadanía (se cancela) o contraseña.
– Denunciante: Familiar o persona que declara el hecho con su cédula.
1. Solicitud: Acuda a la ventanilla de Registro Civil en la Notaría 40.
2. Revisión: El funcionario verifica que los documentos antecedentes (certificado médico, partida religiosa) sean originales y no tengan tachaduras.
3. Inscripción en el Sistema: Se digitan los datos en el sistema de la Registraduría (SITAC).
4. Firma: Los declarantes (padres, esposos, familiares) y testigos firman el folio.
5. Entrega: Se entrega la Primera Copia del registro civil de forma gratuita (en nacimientos y defunciones, sujeto a ley).
* Inscripción: Es GRATUITA para todos los hechos vitales (Nacimiento, Matrimonio, Defunción) si se hace dentro de los términos de ley.
* Copias Adicionales: Tienen un costo fijado por la Registraduría Nacional.
* Inscripción Extemporánea: Puede tener costos asociados a pruebas adicionales.
Resolución 585 de 2025 por la cual se fijan las tarifas aplicables para el año 2025 (Supernotariado)
Evite filas y agilice su trámite enviando los documentos previamente.