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Divorcios y Separaciones

Trámite de Divorcios y Separaciones en Notaría 40.

¿En qué consiste este trámite?

El Divorcio Notarial (Express) o la Cesación de Efectos Civiles de Matrimonio Religioso es el procedimiento mediante el cual los cónyuges, de común acuerdo, ponen fin a su vínculo matrimonial y liquidan la sociedad conyugal formada entre ellos.

En la Notaría 40, este trámite es sumamente ágil (puede salir en pocos días) siempre y cuando exista **mutuo acuerdo total** y se cumplan los requisitos de ley.

Requisitos y Documentos

Generales

  • Poder a Abogado: Es obligatorio actuar mediante apoderado (abogado titulado). Puede ser el mismo para ambos si el acuerdo es total.
  • Petición de Divorcio: Redactada por el abogado y firmada por los cónyuges.
  • Acuerdo de Divorcio: Donde se estipulan las obligaciones alimentarias entre ex-esposos, residencia separada y liquidación de bienes (si la hay).
  • Registro Civil de Matrimonio: Copia reciente.
  • Registros Civiles de Nacimiento: De ambos cónyuges y de los hijos.

Si hay Hijos Menores de Edad

  • Acuerdo sobre los Menores: Custodia, visitas, alimentos y educación.
  • Concepto del Defensor de Familia: El acuerdo debe enviarse al ICBF para su aprobación previa (tarda aprox. 15 días hábiles).

El Paso a Paso en Notaria 40

Acuerdo con Abogado

Los cónyuges definen los términos con su abogado de confianza.

Radicación en Notaría

El abogado presenta la solicitud y anexos en la Notaría 40.

Autorización (Si aplica)

Si hay menores, se notifica al Defensor de Familia. Si no hay menores, el trámite avanza de inmediato.

Otorgamiento de Escritura

Una vez autorizada la solicitud, los cónyuges y el abogado firman la escritura pública de divorcio y liquidación.

Registro y Notificación

La Notaría envía copia de la escritura a las oficinas de registro civil de nacimiento y matrimonio para las anotaciones de “Divorciado” o “Cesación de efectos”.

Costos Aproximados

  • Derechos Notariales: Tarifa de acto sin cuantía si no hay bienes a liquidar.
  • Liquidación de Sociedad Conyugal: Si se reparten bienes (casa, carro, dinero), se cobran derechos sobre el valor de los activos (acto con cuantía).
  • Honorarios de Abogado: Se pactan libremente con el profesional del derecho (externo a la notaría).

Tarifas Notariales

Resolución 585 de 2025 por la cual se fijan las tarifas aplicables para el año 2025  (Supernotariado)

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