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Capitulaciones Matrimoniales

Trámite de Capitulaciones Matrimoniales en Notaría 40.

¿En qué consiste este trámite?

Las Capitulaciones Matrimoniales son un acuerdo prenupcial que celebran los futuros esposos (o compañeros permanentes) antes de contraer matrimonio o declarar la unión marital de hecho.

Su objetivo principal es modificar o excluir el régimen legal de la sociedad conyugal, permitiendo que ciertos bienes presentes o futuros no entren a formar parte del patrimonio común de la pareja, sino que permanezcan como propios de cada uno.

¡Ojo! Este trámite debe realizarse por Escritura Pública y su validez depende de que se firme antes del matrimonio.

Requisitos y Documentos

Contrayentes

  • Documentos de Identidad: Cédulas originales de ambos.
  • Solicitud Escrita: Indicando la voluntad de capitular.
  • Relación de Bienes: Inventario detallado y avalúo comercial de los bienes (muebles, inmuebles, vehículos, acciones, dinero) que cada uno desea excluir.
  • Certificados de Tradición: Si se excluyen inmuebles.

Menores (Si aplica)

  • Autorización Especial: Si alguno de los contrayentes es menor de edad (requiere permiso de padres y curador especial).

El Paso a Paso en Notaria 40

Acuerdo Previo

Las partes definen qué bienes se “blindan”.

Solicitud y Minuta

Se presenta la minuta en la Notaría 40.

Otorgamiento

Los futuros esposos firman la escritura pública.

Registro

Se expide copia para presentar al momento del matrimonio (civil o religioso), donde se debe dejar constancia de que existen capitulaciones.

Costos Aproximados

  • Derechos Notariales: Se liquidan como acto sin cuantía (tarifa base) si solo se pacta la exclusión general.
  • Con Cuantía: Si se hace una donación prenupcial o se avalúan bienes específicos por un valor alto, puede tener costo variable.

Tarifas Notariales

Resolución 585 de 2025 por la cual se fijan las tarifas aplicables para el año 2025  (Supernotariado)

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