Declaraciones Extrajuicio

Trámite de Declaraciones Extrajuicio en Notaría 40.

¿En qué consiste este trámite?

La Declaración Extrajuicio es una manifestación libre y espontánea que hace una persona bajo la gravedad del juramento ante el Notario para probar hechos o situaciones que no requieren un proceso judicial, pero sí credibilidad y fe pública.

Estas declaraciones se usan comúnmente para:
* Probar convivencia (Unión Marital de Hecho por declaración simple).
* Demostrar dependencia económica de padres/hijos para afiliación a EPS/Cajas.
* Certificar estado civil de soltería.
* Declarar ingresos no laborales para subsidios (Sisbén).
* Manifestar no estar obligado a declarar renta.

Requisitos y Documentos

Generales

Cédula de Ciudadanía Original: Del declarante.
Presencia Personal: El declarante debe comparecer física o virtualmente (biometría) para jurar decir la verdad.
Contenido Claro: Debe tener redactado o decir verbalmente qué hechos le constan y está dispuesto a asegurar bajo juramento.

Testigos (Opcional)

– Algunas entidades exigen que la declaración la rindan dos testigos que no sean familiares directos. En ese caso, deben asistir con sus cédulas.

El Paso a Paso en Notaria 40

1. Solicitud: Indique en ventanilla qué tipo de declaración desea realizar.
2. Redacción: Puede presentar el documento ya hecho o usar nuestros formatos estándar.
3. Toma de Juramento: El funcionario le advertirá sobre las consecuencias legales (falsedad en testimonio o documento público).
4. Firma y Huella: Usted firma la declaración.
5. Autenticación: El Notario certifica que la declaración se rindió ante él.

Costos Aproximados

* Derechos Notariales: Tarifa fija por cada declaración (acto sin cuantía).
* Biometría: Costo adicional regulado.

Tarifas Notariales

Resolución 585 de 2025 por la cual se fijan las tarifas aplicables para el año 2025  (Supernotariado)

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