La Compraventa de Inmueble es el acto jurídico mediante el cual el vendedor transfiere la propiedad de un bien raíz (casa, apartamento, lote, local) al comprador. En Colombia, para que este acto sea válido legalmente, debe elevarse a Escritura Pública ante notario y posteriormente registrarse en la Oficina de Instrumentos Públicos.
En la Notaría 40, garantizamos que este proceso sea ágil, transparente y seguro, verificando la legalidad de la transacción para proteger el patrimonio de ambas partes.
Para iniciar el trámite de escrituración, debe aportar los siguientes documentos en físico o digital:
en la Notaría 40
Entregue los documentos completos en la ventanilla de escrituración o a través de nuestros canales digitales. Se asignará un número de radicado.
El equipo jurídico verifica la situación legal del inmueble y liquida los Derechos Notariales y Retención en la Fuente (si aplica).
Cancele los valores correspondientes en caja.
Comprador y vendedor leen y firman la escritura pública ante el Notario, quien da fe del acto.
La notaría expide las copias para llevar a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos (o realiza el trámite digital si está habilitado para el caso).
(Estimados 2026)
Nota: Los valores exactos dependen del avalúo del inmueble y el valor de la venta.
Resolución 585 de 2025 por la cual se fijan las tarifas aplicables para el año 2025 (Supernotariado)
Evite filas y agilice su trámite enviando los documentos previamente.